domingo, 5 de agosto de 2012

Obligación de presentar Estados Financieros auditados a la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV)


Dado yá el fenómeno de la globalización en el mundo, se hace imperativo hoy en día homogeneizar el lenguaje de los negocios. En razón a ello, las distintas economías más importantes del mundo vienen aplicando las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIFs), todo ello con el fin de buscar la simetría de la información financiera (inversionistas, sociedad, y otros stakeholders) bien o igual informados que quienes elaboran dicha información. El estado como promotor de desarrollo de la actividad económica y financiera de las empresas, está buscando que los mercados financieros sean cada vez más eficientes.
Es así que, nace la obligación de presentar Estados Financieros Auditados a la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), para las entidades que hasta la fecha de la emisión de la norma aludida no se encontrasen bajo supervisión de la ahora SMV (anterior CONASEV). La presente obligación es por mandato de ley, específicamente la ley N° 29720 "Ley que promueve las emisiones de valores mobiliarios y fortalece el mercado de capitales", publicada en el diario oficial "El Peruano", el 25 de julio del 2011. La mencionada ley en el articulo 5° hace referencia sobre sus alcances (entidades obligadas a presentar Estados Financieros Auditados), las cuales son las que cumplan las siguientes características cuantitativas:
  • Entidades cuyos ingresos anuales por venta de bienes o prestación de servicios sean iguales o excedan las 3,000 UITs; o,
  • Entidades cuyos activos totales sean iguales o excedan las 3,000 UITs.
Hasta lo ahora expuesto quedan algunas interrogantes:
  1. ¿Cuándo están obligadas las empresas a presentar Estados Financieros Auditados?
  2. ¿Qué NIIFs serán de aplicación para la presentación de tales Estados Financieros Auditados?¿las oficilizadas por el Consejo Normativo de Contabilidad vigentes nacionalmente, o las vigentes internacionalmente
  3. ¿Las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL) están exceptuadas de presentar Estados Financieros Auditados?
  4. ¿De qué año será aplicable la UIT?
  5. ¿Hasta qué fecha se debe presentar la información?
  6. ¿Existe alguna sanción de no presentar la información a la SMV?
Resolviendo las interrogantes:
  1. Están obligadas a presentar Estados Financieros Auditados las empresas cuyos ingresos por ventas o prestación de servicios o activos totales, que al cierre del ejercicio 2012 hayan supererado las 30,000 UIT, y para el 2013 las que superen o igualen las 3,000 UIT.
  2. De acuerdo con la primera disposición transitoria de la Resolución de Superintendencia N° 011-2012/SMV-01, las empresas que en el ejercicio 2012 superen las 30,000 UIT en ingresos o activos totales están obligadas a presentar estados financieros conforme a las NIIFs vigentes internacionalmente por el cierre de ese ejercicio económico; mientras que las entidades que obtengan ingresos iguales o mayores a 3,000 UIT, están obligadas a presentar estados financieros conforme a NIIFs vigentes internacionalmente por el cierre de los ejercicios económicos a del 2013 en adelante.
  3. Las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL), así como las demás entidades, sociedades sobre las que no tenga alcance la Ley General de Sociedades, no están obligadas a presentar estados financieros auditados.
  4. La UIT a considerar para los ingresos y activos totales, será la vigente al 1 de enero del año siguiente del cierre del respectivo ejercicio económico. 
  5. De conformidad con la R.S. N° 011-2012, el plazo para presentar la información requerida por la SMV, comprende entre el 01 y el 30 de junio del año siguiente al ejercicio del cual se deba presentar tales estados financieros.
  6. Las sanciones administrativas a las entidades que no cumplan con la obligación de presentar estados financieros auditados pueden ser amonestaciones o multas que no podrán ser menores a 1 UIT ni mayor a 25 UITs, siendo aplicadas tales sanciones con criterios de razonabilidad y proporcionalidad.

11 comentarios:

  1. uNA PREGUNTA,

    YA TENGO MIS EEFF 2012 AUDITADOS, COMO SE PRESENTA A LA SMV ES DECIR COMO SERIA EL CARGO PARA PRESENTACION

    ResponderBorrar
  2. Si ya tienes tus EEFF auditados, lo seguido es descargar la plantilla de la SMV en: https://hydrab.smv.gob.pe/mvnetSup/inicio/home.html para posteriormente cargarlo con tu clave sol (SUNAT) en el mismo sitio, NO OLVIDES que presentarás la información de acuerdo al Cronograma de Presentación de EEFF, que puedes encontrarlo en el mismo sitio en la parte de NOVEDADES.

    ResponderBorrar
  3. Muchas gracias por la información brindada , me fue de mucha ayuda.

    ResponderBorrar
  4. hola buenas noches, muy interesante tu blog, soy estudiante de Contabilidad, crees que me puedas ayudar con un caso de sanciones por la presentación de los estados financieros auditados... Gracias ante todo

    ResponderBorrar
  5. Claro Willy, dime cual fue la infracción cometida.

    ResponderBorrar
  6. buenas tardes una consulta quienes estan obligados a presentar balance de comprobacion auditados?
    gracias por su respuesta.

    ResponderBorrar
  7. Mmm, la norma señala que son aplicables las normas de la SMV "las sociedades y ENTES", ademas en la seccion de aquellas exceptuadas solo se manifiestan las Sociedades civiles, creo que este tema no esta del todo claro.

    ResponderBorrar
  8. Las empresas EIRL de acuerdo a lo que se indica párrafos arriba no están obligadas a presentar EEFF auditados.

    Consulta dichas empresas están obligadas a llevar sus registros contables conforme a NIIFs, de ser así cual es la base legal, gracias

    ResponderBorrar
  9. Hola. Gracias por la información! Muy útil.

    Saben cuántas fueron las empresas que tuvieron que presentar sus reportes en 2012 y 2013 y cuantas se estima para 2014? Cono tengo entendido estos reportes no están abiertas para el pubélico sin costo verdad?

    Existe una regulación parecida en Brazil,México, Colombia o Chile?

    Muchas gracias

    ResponderBorrar
  10. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

    ResponderBorrar
  11. Buenas tardes

    Mi consulta es, a que entidades se les permite presentar 2 EEFF.
    gracias

    ResponderBorrar