miércoles, 29 de febrero de 2012

La obligación tributaria

Para tratar el tema de la obligación tributaria tengo que recordar que toda organización necesita de ingresos para poder subsistir y así cumplir con el fin para el cual fue creado, el estado no es ajeno a ello. Pero a diferencia de las organizaciones que tienen como fin social lucrar (S.A., S.A.C., S.A.A., S.C.R.L., S.C., S.C., etc.,) y las E.I.R.L., que obtienen sus ingresos de sus ventas e ingresos extraordinarios; y de las organizaciones sin fines de lucro (ONGs, Asociaciones, etc.) que obtienen sus ingresos generalmente de donaciones y ayuda internacional. El estado obtiene sus ingresos través de los TRIBUTOS (impuestos, contribuciones y tasas), tributos que se imponen a las empresas con fines de lucro, personas, etc., cuándo y cuánto les sean imputables de acuerdo al marco tributario, y las que les resulten imputables también a las organizaciones sin fines de lucro (siempre y cuando no se encuentren exonerados o inafectos). Adicionalmente cabe recordar que actualmente el tributo que mayor ingresos le representa al estado es el IGV, siendo este un tributo que pagamos los consumidores finales, sin necesidad para ello de ser o no una empresa u otro tipo de organización.

En consecuencia la obligación tributaria es el vínculo entre el estado y los obligados a asumir las cargas tributarias, sean estas empresas y/o organizaciones, siendo el objeto de este vínculo de derecho público el cumplimiento de la prestación tributaria en favor del estado, de no cumplir dicha prestación, el estado es el único capaz de utilizar la violencia legítima para exigir el pago de las deudas tributarias (cobranza coactiva).

T.U.O. del: CÓDIGO TRIBUTARIO

La obligación tributaria, nuestro código tributario en su art. 1° lo define de la siguiente manera: "La obligación tributaria, que es de derecho público, es el vínculo entre el acreedor y el deudor tributario, establecido por la ley, que tiene por objeto el cumplimiento de la prestación tributaria, siendo exigible coactivamente"

Analizando el articulo: 
  • Derecho público Es la parte del ordenamiento jurídico que regula las relaciones entre las personas y entidades privadas con los órganos que ostentan el poder público cuando estos últimos actúan en ejercicio de sus legítimas potestades públicas (jurisdiccionales, administrativas, según la naturaleza del órgano que las ejerce) y de acuerdo con el procedimiento legalmente establecido, y de los órganos de la Administración pública entre sí.
  • Prestación tributaria Es el contenido de la obligación tributaria, normalmente pecuniaria (dinero, efectivo).
  • Acreedor tributario Es aquel en favor de quien se realiza la prestación tributaria (gobierno central, gobiernos regionales, gobiernos locales y entidades de derecho público; Essalud, ONP, Sencico, etc).
  • Deudor tributario Es la persona (natural o jurídica) obligada al cumplimiento de la prestación tributaria. 
  • Exigible coactivamente La coacción es utilizada por el Estado como herramienta principal de cara a establecer su poder normativo. Así, el único capaz de utilizar la violencia legítima es el poder público (estado).

Síntesis 

La obligación es el vínculo de naturaleza jurídica entre el acreedor y deudor tributario y la "prestación" es el contenido de la obligación, esto es la conducta del deudor tributario. Se entiende que la conducta del deudor tributario debe ser "pagar la deuda tributaria", siendo la finalidad o el objeto de la obligación que el deudor tributario pague la deuda tributaria y si no fuese así, el estado le puede exigir coactivamente el cumplimiento de la prestación tributaria.