lunes, 16 de julio de 2012

Diferencia entre infracción y delito tributario


En la presente publicación me permito discernir sobre las diferencias existentes entre las infracciones tributarias y los delitos tributarios, ya que existe confusión a la hora de querer determinar que conductas son sancionadas administrativamente (infracción tributaria), y cuales con penas privativa de libertad (delito tributario). Para tratar el tema voy a comenzar definiendo los siguientes términos:  
  • Infracción tributaria.- Según el articulo 164° del libro cuarto del código tributario, esta definido como: "toda acción u omisión que implique la violación de normas tributarias". 
  • Delito tributario.- "Acción u omisión típica, antijurídica, culpable y punible"
  • Defraudación tributaria.- Según el articulo 1° del  D. Leg N° 813, Ley Penal Tributaria lo define como: "El que, en provecho propio o de un tercero, valiéndose de cualquier artificio, engaño, astucia, ardid u otra forma fraudulenta deja de pagar en todo o en parte los tributos".

Para continuar con el tema, tengo que dejar en claro qué se tipifica como delito tributario a la defraudación tributaria, la misma que lineas arriba fue definida, ya que ningún acto puede ser sancionado, sin que antes para ello exista una ley o norma de rango equivalente donde haya sido tipificada tal conducta como infracción o delito tributario. Todo ello en aplicación del principio de legalidad y tipicidad tributaria.

En conclusión, lo que diferencia al delito tributario de la infracción tributaria, es qué: para que una conducta sea sancionada como delito, estos se deben concretar utilizando artificios, argucias, engaños en resumen dolo, cuyo objeto sea evitar o disminuir el pago de un tributo, afectando la recaudación tributaria y el proceso de ingresos y egresos del estado, mientras que para se configure la infracción tributaria solo es necesario el acaecimiento en la realidad de una de las conductas tipificadas como infracción en el código tributario (no declarar dentro del plazo establecido, no emitir comprobantes de pago, no comparecer ante la administración tributaria, etc), hechos que solo afectan de forma mediata al estado.

Formas de sanción a las Infracciones y Delitos Tributarios:

Infracciones:
  • Penas pecuniarias 
  • Comiso de bienes 
  • Internamiento temporal de vehículos 
  • Cierre temporal de establecimiento u oficina de profesionales independientes 
  • Suspensión de licencias, permisos, concesiones o autorizaciones vigentes otorgadas por entidades del Estado.
Nota.-  Todas las sanciones a las infracciones respectivas se encuentran en las tablas I, II y III del libro cuarto del código tributario, que son aplicadas de acuerdo al régimen tributario al que pertenezcan cada deudor tributario.


Delitos:
  • Penas privativa de la libertad (cárcel) de acuerdo al Decreto Legislativo N° 813, "Ley Penal Tributaria".

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