sábado, 16 de marzo de 2013

Reforma del Sistema Privado de Pensiones

Mediante la Ley N° 29903 - "Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones", se puso en marcha una serie de medidas que el gobierno considera convenientes para mejorar el Sistema Privado de Pensiones. Esta ley fue cuestionada desde sus inicios por considerarse que atenta contra la intangibilidad de los fondos de seguridad social, y por la premura con la que se dio.
A estas alturas es pertinente destacar que la reforma resulta un tanto compleja para el común de afiliados. En razón a ello, y, a la falta de información, la incertidumbre impera a falta de pocos días para la culminación del plazo (31 de mayo 2013), para decidir entre: permanecer en el actual sistema de pago de comisiones (Comisión por Flujo - un % sobre la remuneración), o migrar al nuevo sistema de pago de comisiones (Comisión por Saldo - un % sobre el saldo acumulado). Por todo ello aconsejo analizar bien cada una de las variables a considerar por cada afiliado, para tomar una decisión adecuada.

Objetivos de la reforma

  • Disminuir las comisiones que actualmente se pagan a las AFP.
  • Incentivar al incremento de la rentabilidad de los fondos de los afiliados.
  • Armonizar los intereses de los afiliados con los de las AFP.
  • Generar una mayor competencia entre las AFP.


COMISIÓN POR FLUJO

Es el actual sistema de pago a las AFP, por la administración de nuestros fondos. Mediante este sistema cada afiliado al Sistema Privado de Pensiones, paga mensualmente un % (porcentaje) de su remuneración a la AFP que administra sus fondos. Este porcentaje es fijo, no varia en función de los fondos acumulados, ni del incremento o disminución de los mismos.

     Ventaja

  • Los afiliados no pagan ninguna comisión mientras este se encuentre en estado de inactividad laboral (no se paga comisión, durante el tiempo que el afiliado no labora).


    Desventajas

  • Al ser esté sistema de comisión un porcentaje de la remuneración del afiliado, no incentiva a las AFP a incrementar los fondos de los afiliados, pues la AFP termina cobrando siempre la misma comisión así disminuyan los fondos de los afiliados.
  • Se paga por adelantado por el servicio de administración de los fondos, sin evaluar si estos fueron eficientes o no, y, sin que esa eficiencia se vea reflejada en el pago de la comisión a la AFP. No se cumple la frase "Servicio prestado, servicio pagado".


COMISIÓN POR SALDO


Es el nuevo sistema de pago de comisiones a las AFP, por la administración de nuestros fondos. Mediante este nuevo sistema cada afiliado pagará un % (porcentaje) de los fondos que acumule a partir del 01 de abril del 2013.


  Ventajas

  • La comisión se pagará por el fondo acumulado de cada afiliado, incentivando de esta manera a las AFP a incrementar los fondos de sus afiliados.
  • La comisión, será en función del fondo, equivale a decir  que; si los fondos de los afiliados disminuyen, también lo harán las comisiones que se tengan que pagar a las AFP, de la misma manera; si se incrementan los fondos de los afiliados, también las comisiones a las AFP, ambas partes se benefician.
  • La comisión a pagar, ya no será por adelantado, pues se aplicará sobre el saldo acumulado. Se cumple la frase "Servicio prestado, servicio pagado".
  • Mayor remuneración mensual disponible.


    Desventajas
  • La comisión se paga, así el afiliado se encuentre en estado de inactividad laboral (se descuenta periódicamente de los fondos acumulados).
  • Los afiliados jovenes (con proyección de más años de aporte a futuro), bajo el escenario actual de rentabilidad terminan pagando más por este sistema de comisión.

COMISIÓN MIXTA

Es el sistema de transición: del actual sistema de cobro de comisión (comisión por flujo), al nuevo sistema de cobro de comisión (comisión por saldo). Mediante este sistema temporal los antiguos y nuevos afiliados migrarán de comisión por flujo a comisión por saldo, durante un periodo de 10 años, durante el cual cada 2 años la comisión por flujo irá disminuyendo hasta extinguirse en el décimo año. 


PREGUNTAS FRECUENTES

1. ¿Qué sucede si no manifiesto a mí AFP, mi voluntad de continuar en el actual sistema de pago de comisiones (comisión por flujo) hasta el 31 de mayo del 2013?
Automáticamente, me pasará al nuevo sistema de pago de comisiones (comisión por saldo), que no será completamente comisión sobre el saldo, mientras dure el periodo de transición (por 10 años comisión mixta).

2. De optar quedarme en el actual sistema de cobro de comisiones (comisión por flujo), ¿Puedo cambiar mi decisión y migrar al nuevo sistema (comisión por saldo)?
Sí, puedo revocar mi decisión por una única vez y tengo plazo hasta el 30 de noviembre del 2013 para comunicarle a mi AFP que deseo migrar al nuevo sistema de comisión por saldo.

3. De optar pasar al esquema de comisión por saldo (comisión mixta por 10 años), ¿me cobraran comisión sobre mi fondo acumulado hasta la actualidad?
No, la comisión a cobrar será sobre los nuevos saldos a acumularse a partir del 1 de abril del 2013; tampoco se cobrara a los pensionistas.

4.  ¿El nuevo sistema de cobro de comisión (comisión por saldo), regirá íntegramente a partir del 01 de abril del 2013?
No, tanto para los nuevos afiliados, como para los antiguos que opten por migrar al sistema de comisión por saldo, existirá un periodo de transición de 10 años, durante el cual se aplicará el sistema de Comisión Mixta.

5. ¿Quiénes son considerados nuevos afiliados?
Son considerados nuevos afiliados, todos los trabajadores que optaran por ingresar al Sistema Privado de Pensiones a partir del 24 de setiembre del 2012.

6. ¿Todos los nuevos afiliados pagarán comisión por saldo?
No, los nuevos afiliados que ingresaron al Sistema Privado de Pensiones el periodo comprendido ente el 24 de setiembre al 31 de diciembre del 2012. Seguirán pagando comisión por flujo.
Respecto a ello es importante recordar que los afiliados comprendidos dentro dicho periodo fueron asignados a la AFP Prima, quienes deberán permanecer 1 año en esta AFP, pudiendo después de 6 meses tener la posibilidad de cambiarse a otra AFP que cobre menor comisión u obtenga una mayor rentabilidad. Todo esto dentro del marco de la licitación para la asignación de los nuevos afiliados.

7. ¿Cuál es el % de comisión por flujo, con el cual ganó AFP prima?
1.60% sobre la remuneración asegurable (comisión por flujo).

8. ¿Qué comisión pagarán los trabajadores que ingresen al Sistema Privado de Pensiones el periodo comprendido entre el 01.02.2013 hasta el 01.02.2015?
Comisión Mixta, los nuevos afiliados comprendidos en tales fechas ingresarán automáticamente a la AFP Habitat, ganadora de la licitación en la asignación de los nuevos afiliados comprendidos en dichas fechas.

9. ¿Cuál será la comisión de los nuevos afiliados (que ingresarán entre el 01.02.2013 hasta el 01.02.2015)  pagarán a la AFP Habitat?
La comisión mixta estará compuesta de la siguiente manera:

  • 0.47% Comisión por flujo (mensual); y
  • 1.25% Comisión por saldo (anual).